Registro civil - Preguntas frecuentes
¿Cómo se solicitan los certificados y cuál es su coste?
Los certificados se podrán solicitar por toda persona que tenga interés, siempre que no exista una excepción legal o se requiera una autorización especial.
Por regla general y dependiendo del tipo de certificado, se podrán solicitar personalmente en el Registro Civil correspondiente, por correo ordinario o por internet a través de la página web del Ministerio de Justicia, siempre con indicación de la dirección de entrega.
Las certificaciones del Registro Civil son gratuitas.
¿Qué hechos o situaciones aparecen recogidas en el Registro Civil?
En el Registro Civil, como institución encargada de dejar constancia y de publicitar los hechos y situaciones referidas al estado civil de las personas, se inscribirán los siguientes estados:
- El nacimiento.
- Modificaciones y cambios de nombre y apellidos.
- La filiación, que indica la relación de parentesco existente entre las personas.
- Las modificaciones judiciales a la capacidad de obrar de las personas en situaciones de prodigalidad, discapacidad, declaradas en concurso, insolvencia o suspensión de pagos.
- La emancipación, como situación excepcional en la que se puede obtener la capacidad de obrar limitada antes de los 18 años.
- Declaraciones de ausencia.
- Declaración de fallecimiento.
- La nacionalidad.
- La vecindad civil.
- La patria potestad, la tutela y otras representaciones legales
- El matrimonio.
- La defunción.
¿Qué tipo de certificados emiten los registros civiles y cuál es su validez?
En los registros civiles se expiden varios tipos de certificaciones: nacimiento, nombre y apellidos, matrimonio, fe de vida y estado, defunción, nacionalidad, tutela, etc.
Todos ellos son documentos oficiales que acreditan e informan de los hechos y situaciones relacionados con el estado civil de una persona.
Los certificados, por regla general, no tienen fecha de caducidad o validez, siendo el órgano o institución que solicita la presentación del certificado solicitado el que puede imponer una antigüedad no superior a una fecha determinada.
¿Qué tipos de Registro Civil existen?
El Registro Civil español se estructura principalmente en los siguientes registros:
- Registros civiles municipales. Están a cargo del/de la juez/a de primera instancia, asistido/a del Letrado/a de la Administración de Justicia. Por delegación de estos, están a cargo de los/as Jueces/as de Paz los registros civiles municipales delegados. Los registros civiles municipales se subdividen en:
- Registros civiles municipales principales. Actualmente en Galicia hay 43 registros civiles principales, y un total de 431 en el conjunto de España. En Galicia 2 de ellos son exclusivos, dedicados únicamente a tareas de Registro Civil. El resto se encuentra a cargo de un/a juez/a de primera instancia, que realizan actividades registrales de forma parcial.
- Registros civiles municipales delegados. Sus competencias son desempeñadas por las oficinas de justicia en el municipio. En la actualidad en Galicia existen 270 oficinas de justicia en el municipio, y en toda España existen 7.667.
- Registros consulares, están a cargo de los/as cónsules de España en el extranjero y tienen competencia en materias que afecten al estado civil personas españolas en el extranjero. En cada demarcación consular existe una oficina del Registro Civil. En la actualidad existen 177.
- Registro Civil Central, a cargo de funcionarios/as de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia y tiene competencia en toda España. Está ubicado en Madrid y en él se inscriben los hechos que no pueden inscribirse en ningún otro registro y los hechos excepcionales. En este registro también existen duplicados de los libros de los registros consulares.