Tribunal del jurado
"Para la selección de los 9 miembros que componen el jurado se realizan una serie de sorteos en los cuales se designan aleatoriamente 36 candidatos/as, extraídos de la lista del censo electoral provincial vigente"
El artículo 125 de la Constitución española establece que «las personas ciudadanas podrán participar en la Administración de justicia mediante la institución del jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine».
El Tribunal del jurado tiene competencia para el enjuiciamiento de los siguientes delitos atribuidos a su conocimiento y fallo:
- Delitos contra las personas.
- Delitos cometidos por las personas funcionarias públicas en el ejercicio de sus cargos.
- Delitos contra el honor.
- Delitos contra la libertad y la seguridad.
- Delitos de incendios.
El juicio con jurado se celebrará solo en el ámbito de la Audiencia Provincial y, en su caso, de los tribunales que correspondan por razón del aforamiento del acusado (Tribunal Superior de Justicia y Tribunal Supremo). En todo caso quedan excluidos de la competencia del jurado, los delitos cuyo enjuiciamiento venga atribuido a la Audiencia Nacional.
El tribunal del jurado se compone de 9 miembros y un/una magistrado/a, integrante de la Audiencia Provincial, que lo presidirá. Al juicio del jurado asistirán, además, dos jurados suplentes.
Selección por sorteo
Para la selección de los 9 miembros que componen el jurado se realizan una serie de sorteos en los cuales se designan aleatoriamente 36 candidatos/as a jurado, que formarán la lista de candidatos/as a jurado. Los candidatos/as a jurados se extraen de la lista del censo electoral provincial vigente en la fecha del sorteo.
Con al menos 30 días de antelación a la fecha prevista para la primera vista de juicio oral de la causa, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia del tribunal, en audiencia pública, realizará el sorteo, de entre los 36 candidatos/as a jurado de la lista de la provincia. De esta forma se cerrará el primer paso para la designación de las personas ciudadanas que compondrán el jurado.