Comunicaciones electrónicas
El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece que tienen la obligación de relacionarse con la Administración de Justicia por medios electrónicos:
- Las personas jurídicas
- Las entidades sin personalidad jurídica
- Quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria
Las notificaciones son generadas por parte de la Administración de Justicia de forma habitual en Minerva y enviadas a través de LexNET. Sin embargo, la recepción por parte de las personas obligadas puede realizarse a través de tres canales: Notifica.gal, Sede Judicial Electrónica o Dehú.