Tribunal del jurado - Preguntas frecuentes
¿Qué función tienen las personas miembros del jurado?
Las personas miembros del jurado, a través del veredicto, proclamarán la culpabilidad o inculpabilidad de la/s persona/s acusada/s, declarando probados o no probados los hechos que han sido sometidos a su decisión.
Para la declaración de un veredicto de culpabilidad serán necesarios, al menos, 7 de los 9 votos de las personas miembros del jurado y, para declarar un veredicto de inculpabilidad, serán precisos al menos 5 votos.
El/la magistrado/a que preside el tribunal del jurado redactará la sentencia basándose en dicho veredicto. La sentencia será absolutoria o condenatoria dependiendo del veredicto de inculpabilidad o culpabilidad del jurado. Si fuera condenatoria, el/la magistrado/a establecerá en la sentencia la pena que proceda dictar.
¿Quién compone el tribunal del jurado y cómo se seleccionan sus miembros?
El tribunal del jurado se constituye para cada causa o juicio concreto y se compone de los nueve jurados y un/a magistrado/a perteneciente a la carrera judicial, que será quien lo presida.
Para ser una de las nueve personas miembros del jurado, previamente se ha participado en un proceso de selección regulado normativamente. La selección comienza al menos 30 días antes de la fecha de comienzo del juicio, a través de un sorteo en el que se eligen 36 candidatos/as. De ellos/as serán elegidas 11 para formar parte de tribunal del jurado, 9 como miembros y 2 como suplentes.
¿Qué personas pueden ser candidatas para formar parte de un jurado popular?
Para formar parte de un jurado popular, toda persona candidata tiene que estar incluida en el censo electoral (ya que todos los candidatos se seleccionarán mediante sorteo entre las personas incluidas en dicho censo), estar en el pleno ejercicio de los derechos políticos, ser español/a, saber leer y escribir, ser vecino/a de cualquiera de los municipios de la provincia en los que el delito se hubiere perpetrado y no estar impedido/a física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función.
No podrán ser jurado las personas condenadas o procesadas y las que tengan alguna de las incompatibilidades reguladas normativamente.
¿Qué tipo de delitos se juzgan ante el tribunal del jurado?
El tribunal del jurado tiene competencia para enjuiciar delitos contra las personas, delitos cometidos por los/as funcionarios/as públicos en el ejercicio de sus cargos, delitos contra el honor, delitos contra la libertad y la seguridad y delitos de incendio.
En concreto, según el Código Penal español, se juzgan ante el tribunal del jurado los siguientes delitos:
- Parricidio.
- Asesinato.
- Homicidio.
- Auxilio o inducción al suicidio.
- Infanticidio.
- Infidelidad en la custodia de personas presas.
- Infidelidad en la custodia de documentos.
- Cohecho.
- Malversación de caudales públicos.
- Fraudes y exacciones ilegales.
- Negociaciones prohibidas a funcionarios/as públicos.
- Tráfico de influencias.
- Omisión del deber de socorro.
- Allanamiento de morada.
- Amenazas.
- Incendios forestales.