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Registro de parejas de hecho

Requisitos de inscripción


"La solicitud debe ir acompañada de la fotocopia del DNI, certificación de empadronamiento de las personas miembros de la pareja en algún municipio de Galicia, acreditación del estado civil de ambas personas, etc."

Para la inscripción de las parejas de hecho, sus miembros deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de edad.
  • No tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
  • Manifestar la voluntad de constitución de pareja de hecho a través de modelo normalizado.
  • No estar ligados por matrimonio o tener formalizada pareja de hecho con otra persona.
  • No estar incapacitados judicialmente para regir su persona.
  • Tener, al menos uno de los miembros de la pareja, la vecindad civil gallega. 
  • Acreditar el empadronamiento de los miembros de la pareja en el mismo domicilio en algún municipio de Galicia.

La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia compulsada del DNI de ambos miembros de la pareja o, en caso de personas extranjeras, documento similar en su país.
  • Certificación de empadronamiento de los miembros de la pareja en algún municipio de Galicia.
  • Acreditación del estado civil de ambos miembros de la pareja mediante certificación del Registro Civil o equivalente en el caso de personas extranjeras.
  • Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho.
  • Declaración responsable de ambas personas de no tener constituida pareja de hecho con otra persona.
  • En su caso, sentencia judicial de divorcio, nulidad o certificado literal de matrimonio en el que conste alguno de estos extremos.
  • Declaración responsable de no tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
  • Declaración responsable de no estar incapacitados a los efectos de prestar su consentimiento para constituir una pareja de hecho.
  • Fotocopia compulsada del libro de familia, o equivalente, en los casos en los que hubiese hijos/as comunes o de cualquiera de los miembros de la pareja.

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