Instituciones del derecho civil gallego
Derechos de las personas
Protección de menores
La Xunta de Galicia ejercerá, a través del organismo competente, la protección de las personas menores que residan o se encuentren en Galicia, adoptando diferentes medidas en materia de desamparo, tutela y guarda administrativa, medidas de protección del menor, acogimiento, etc. que garanticen y hagan respetar los diferentes derechos de todos los menores que residan en Galicia.
Adopción
El derecho civil gallego establece diferentes medidas sobre las personas que pueden adoptar y ser adoptadas y sobre la constitución y eficacia de la adopción.
El usufructo voluntario del cónyuge viudo
En previsión de una eventual incapacidad, cualquier persona mayor de edad podrá designar en escritura pública la persona o personas, físicas o jurídicas, para que ejerzan el cargo de tutor. Del mismo modo, podrá nombrar sustitutos de los designados para ejercer la tutela y excluir a determinadas personas para el cargo.
Situación de ausencia no declarada
Se encuentra en situación de ausencia no declarada la persona cuyo paradero se ignora o aquella que no puede localizarse de modo transitorio.
La situación de ausencia efectiva del domicilio habitual podrá acreditarse mediante acta de notoriedad tramitada por notario hábil, en la cual se hará constar la persona a la que corresponde la representación y defensa de los intereses del ausente.
Para saber más...
- Constitución Española
- Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, Estatuto de Autonomía de Galicia
- Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia
- Ley 3/1997, de 9 de junio, gallega de la familia, de la infancia y de la adolescencia
- Ley 4/2001, de 31 de mayo, reguladora de la mediación familiar
- Ley 5/2005, de 25 de abril, reguladora del recurso de casación en materia de derecho civil de Galicia