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Atención a la víctima y a la ciudadanía

Características y competencias


Los servicios comunes de Atención a la Víctima y Asistencia a la Ciudadanía son atendidos por personal al servicio de la Administración de justicia y tienen la función principal de atención personalizada a la ciudadanía, tanto personal como telefónica. Además, esta atención debe ser adaptada a las características sociales, culturales y psicológicas de cada uno de los ciudadanos que acudan a los juzgados solicitando atención o información.

Hace falta distinguir las principales competencias de cada oficina (la de Atención a los/as Ciudadanos/as y las de Asistencia a las Víctimas), partiendo de que las dos dependen del/de la juez/a decano/a y del/de la letrado/a de la Administración de Justicia del decanato.

Oficinas de Atención a la Ciudadanía

Respeto a las Oficinas de Atención Ciudadana, les corresponde estas competencias:

  • Facilitar información general sobre la identificación, situación y competencia de cualquier órgano o servicio de la Administración de justicia -especialmente, los ubicados en la misma sede-, así como responder a las demandas concretas de información sobre competencia de los órganos, procedimientos, trámites, requisitos y documentación para las actuaciones que el/la ciudadano/a se proponga realizar.
  • Proporcionar asistencia respecto de los trámites y documentos precisos para reclamar las indemnizaciones económicas que le puedan corresponder al/la ciudadano/a por la intervención en procesos judiciales como testigos o peritos.
  • Suministrar información a los/as ciudadanos/as sobre la existencia de los servicios de orientación jurídica dependientes de los colegios de abogados/as en el supuesto de consultas referidas a su ámbito de actuación. En ningún caso la atención e información facilitada entrañará una interpretación normativa, consideración o asesoramiento jurídicos ni valoración económica ninguna sobre los distintos tipos de procedimiento.
  • Facilitar orientación a las víctimas de delitos en relación con los servicios sociales y recursos públicos disponibles para su atención.
  • Facilitar los documentos y formularios aprobados por el Consejo General del Poder Judicial, así como aquellos confeccionados por la Xunta de Galicia en materia de justicia.

Oficinas de Asistencia a la Víctima

Las Oficinas de Atención a las Víctimas (OAV) son equipos multidisciplinares formados por un/a psicólogo/a y un/a trabajador/a social para prestar atención y asistencia a las víctimas de los delitos.

Tienen como objetivo general prestar una asistencia integral, coordinada y especializada a las víctimas y dar respuesta a las necesidades específicas en el ámbito jurídico, psicológico y social.

Se configuran como un servicio público y gratuito para proteger adecuadamente la intimidad y dignidad de la víctima y evitar el riesgo de su revictimización o victimización secundaria.

Los destinatarios de sus servicios son:

  • Las mujeres víctimas de violencia de género y los hijos y hijas menores, así como quien esté sujeto/a la tutela, guardia o custodia de las mujeres víctima de violencia de género.
  • Las personas menores de edad víctimas del delito, especialmente si este es de abuso, explotación o pornografía infantil.
  • Las víctimas de agresiones sexuales.
  • Las víctimas de trata de seres humanos.
  • Cualquier otra víctima en la que concurran factores de especial vulnerabilidad, ya sea por su situación personal, ya sea por la violencia o gravedad del delito: entre otros, menores víctimas de abuso o maltrato y personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental.
  • Las demás víctimas, en los términos contenidos en el artículo 2 del Estatuto de la víctima del delito.

1. Funciones de los/as funcionarios/as de la Administración de justicia en las OAV

EN LA FASE DE ACOGIDA - INFORMACIÓN:
  • Acogida a la víctima, identificándose y atendiéndola de forma personalizada y confidencial, ofreciéndole un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio.
  • Apertura y registro del expediente de la víctima.
  • Información de la posibilidad de ser derivada a los servicios psicológicos y sociales explicando la finalidad de cada uno de ellos.
EN LA FASE DE INFORMACIÓN:
  • El personal de los cuerpos generales al servicio de la Administración de justicia les facilitará a las víctimas la información que proceda en cada caso.
EN LA FASE DE INTERVENCIÓN:
  • Recogida de información sobre los efectos de las medidas adoptadas, para su incorporación al expediente.
  • Coordinación con el resto de servicios psicosociales, policiales u otros, principalmente para el seguimiento de las víctimas vulnerables de alto riesgo y para el apoyo en la obtención de la protección que les pueda corresponder.
EN LA FASE DE SEGUIMIENTO:
  • Seguimiento de la ejecución de las medidas de protección propuestas y adoptadas.

2. Funciones de los/as trabajadores/as sociales en las OAV

EN LA FASE DE ACOGIDA - INFORMACIÓN:
  • Obtención de datos, en los términos indicados en el ANEXO III, cuando la víctima sea derivada directamente a ellos/as o para evitar la victimización secundaria.
  • Recogida de información y evaluación inicial de la víctima respeto a sus necesidades de asistencia social.
EN LA FASE DE INFORMACIÓN:
  • Sobre las medidas de asistencia y apoyo disponibles y procedentes para el caso concreto (médicas, materiales, etc.), así como acerca del procedimiento para su aplicación.
  • Sobre las posibilidades de obtener un alojamiento alternativo, cuando resulte oportuno.
  • Sobre las indemnizaciones o ayudas económicas a las que pueda tener derecho, y si fuere el caso, sobre el procedimiento para reclamarlas.
  • Sobre los servicios sociales y asistenciales especializados y disponibles que puedan prestar asistencia.
EN LA FASE DE INTERVENCIÓN:
  • Asistencia en la gestión de solicitudes y coordinación con otros servicios sociales.
  • Elaboración de los informes de evaluación individualizada que les solicite la autoridad judicial o fiscal competente para adoptar las medidas de protección, a la cual le serán remitidos con carácter reservado, sin que tengan la consideración de pericia.
EN LA FASE DE SEGUIMIENTO:
  • Da suficiencia de los servicios y recursos asignados.

3. Funciones de los/as psicólogos/as en las OAV

EN LA FASE DE RECOGIDA - INFORMACIÓN:
  • Obtención de datos, en los términos indicados en el ANEXO III, cuando la víctima sea derivada directamente a ellos/as o para evitar la victimización secundaria.
  • Recogida de información, evaluación inicial de la víctima y valoración de las medidas iniciales de apoyo psicológico.
EN LA FASE DE INFORMACIÓN:
  • Sobre las medidas psicológicas de asistencia y apoyo disponibles y del procedimiento para su aplicación.
  • Sobre los servicios especializados disponibles que puedan prestar asistencia.
EN LA FASE DE INTERVENCIÓN:
  • Evaluación de la vulnerabilidad de las víctimas.
  • Asistencia psicológica a las víctimas en el ámbito del proceso judicial penitenciario.
  • Propuesta de las medidas de asistencia y de protección de las víctimas durante la fase de investigación y a lo largo de todo el proceso.
  • Elaboración de los informes de evaluación individualizada.
  • Acompañamiento a juicio o a otras instancias judiciales, o propuesta de acompañamiento por la persona designada por la propia víctima, cuando se considere conveniente o sea requerido por los/as jueces/zas y fiscales por tratarse de menores, de personas con discapacidad intelectual o de otras víctimas especialmente vulnerables.
  • Derivación a los servicios especializados disponibles según las necesidades de la persona (Salud, Igualdad, servicios sociales, etc.).
EN LA FASE DE SEGUIMIENTO:
  • De la evolución de la víctima respeto de su situación de vulnerabilidad.
  • De la propia víctima, a lo largo de todo el proceso judicial penitenciario, o incluso por un período de tiempo adecuado después de su conclusión cuando el profesional lo considere necesario debido a las circunstancias del caso.

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