Registro civil

"Es necesario pedir cita previa en el Registro Civil para evitar desplazamientos innecesarios"

El Registro Civil es único y constituye la prueba de los hechos inscritos. Es la institución registral que tiene el cometido, entre otras funciones, de dar publicidad y cooperar en la constatación de los hechos y actos que ocurren desde el nacimiento de una persona hasta su muerte.

Entre las principales funciones y competencias, el Registro Civil es la institución en la que se inscriben los hechos concernientes a:

  • Estado civil de las personas y aquellos otros como el nacimiento; la filiación; el nombre y apellidos y cambios sobre los mismos; la emancipación y habilitación de edad.
  • Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
  • Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
  • La nacionalidad y vecindad.
  • La patria potestad, tutela y demás representaciones.
  • El matrimonio.
  • La defunción.

El Registro Civil depende de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia. Su estructura y organización es la siguiente:

  • Registros civiles municipales. Están a cargo del juez de Primera Instancia, asistido del secretario judicial. Por delegación de estos, están a cargo de los jueces de Paz, los registros civiles municipales delegados. Los registros civiles municipales se subdividen en:
    • Registros civiles municipales principales. Actualmente en Galicia hay 43 registros civiles principales, y un total de 431 en el conjunto de España. En Galicia 2 de ellos son exclusivos, dedicados únicamente a tareas de Registro Civil. El resto se encuentra a cargo de un juez de Primera Instancia, que realizan actividades registrales de forma parcial.
    • Registros civiles municipales delegados. Sus competencias son desempeñadas por los juzgados de paz. En la actualidad en Galicia existen 270 juzgados de paz, y en toda España existen 7.667.
  • Registros consulares, están a cargo de los cónsules de España en el extranjero y tienen competencia en materias que afecten al estado civil de los españoles en el extranjero. En cada demarcación consular existe una oficina del Registro Civil. En la actualidad existen 177.
  • Registro Civil Central, a cargo de funcionarios de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, tiene competencia en toda España. Está ubicado en Madrid y en él se inscriben los hechos que no pueden inscribirse en ningún otro registro y los hechos excepcionales. En este registro también existen duplicados de los libros de los registros consulares.

El modelo de registros civiles actual ha sido reformado con la aprobación de la Ley de Registro Civil, de 2011, y de su reforma, la Ley 6/2021, que han introducido cambios organizativos, funcionales, tecnológicos y normativos. La entrada en vigor de ambas leyes tuvo lugar el 30/04/2021.