Defunciones

"La inscripción de la defunción de una persona da fe de su fallecimiento y en ella debe constar la identidad del fallecido, la fecha, la hora y lugar en el que ha acontecido la muerte"

La inscripción de la defunción de una persona da fe de su fallecimiento y en ella debe constar la identidad del fallecido, la fecha, la hora y lugar en el que ha acontecido la muerte.

Si hubiera indicios de muerte violenta o en cualquier caso en que deban incoarse diligencias judiciales, deberá atenerse a lo indicado por la autoridad judicial correspondiente.

La inscripción se realiza mediante una declaración documentada en formulario oficial, junto con certificado médico de defunción, de quien tenga conocimiento de la muerte, los servicios funerarios en representación de la familia o los servicios hospitalarios en donde se haya producido la muerte. Esta declaración se presentará antes del enterramiento en el Registro Civil del municipio donde se hubiera producido el fallecimiento.

Los formularios de cada uno de los Registros Civiles se pueden descargar desde esta web en el espacio de cita previa, y deben ser cumplimentados y presentados, junto con la documentación pertinente, ante el Registro Civil u órgano competente.